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Convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Valladolid para la construcción de viviendas de bajo consumo de energía, con destino a alquiler social, año 2021


Estado:
 
Resuelta
Nº de expediente:
 
1.626/21
Servicio:
 
Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de la concesión de subvenciones destinadas a financiar la construcción de viviendas de bajo consumo de energía, con destino a alquiler social.
Beneficiarios:
 
EELL
Importe presupuestado:
 
45.000 euros
Cuantía máxima por beneficiario:
 
22.500 euros
Destinatarios:
 
Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Valladolid para la construcción de viviendas de bajo consumo de energía, con destino a alquiler social. Requisitos: • Sólo se admitirán actuaciones que supongan obra nueva. • Las viviendas deberán ser destinadas a alquiler social. • El Proyecto Técnico de Obra en lo que afecta al ahorro de energía deberá cumplir el DB.HE de ahorro de energía comprendido en el CTE de edificación.
Gastos subvencionables:
 
Se consideran gastos subvencionables todos aquellos que respondan a la naturaleza de las obras de construcción de la vivienda, resulten necesarios y se ejecuten en un plazo de 2 años contados desde que se produjera el pago del anticipo de la subvención. Se consideran gastos subvencionables los honorarios técnicos de la redacción de proyecto y dirección facultativa para la construcción, así como los gastos de ejecución material de la vivienda. No serán actuaciones subvencionables las siguientes: • Las intervenciones en edificios existentes que supongan una ampliación, en los que se incremente la superficie o volumen construido. • Las intervenciones en edificios existentes que conlleven un cambio de uso del edificio. Sólo se admitirán actuaciones que van a ser iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda, no considerándose subvencionable ningún coste relativo a la ejecución de la actuación que se haya facturado con anterioridad, sin perjuicio de los costes de actuaciones preparatorias como pueden ser el proyecto, memorias técnicas que sí podrán ser subvencionables, aún cuando hubieran sido facturados con anterioridad y siempre que, en todo caso se hubieran iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2021.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
30 de julio de 2021
Plazo de presentación de solicitudes:
 
Hasta el 30 de noviembre de 2021, incluido
Extracto convocatoria:
 

FICHEROS DE DESCARGA
 
(160 kB.)
 
(39 kB.)
 
(41 kB.)

RESOLUCIÓN
Órgano:
 
Pleno
Tipo de resolución:
 
Única
Fecha de resolución:
 
22 de abril de 2022
Importe total concedido:
 
45000
Solicitudes recibidas:
 
2
Solicitudes estimadas:
 
2