Subvenciones a Asociaciones en las que se integren GRUPOS DE DANZA TRADICIONAL CASTELLANA para su funcionamiento y desarrollo de actividades, año 2024
Estado:
Resuelta
Nº de expediente:
113/24
Servicio:
Servicio de Educación y Cultura
CONVOCATORIA
Objeto o finalidad:
Contribuir al sostenimiento de los grupos de danza y fomentar la realización de las actividades que les son propias.
Beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro
Importe presupuestado:
20.000,00 €
Cuantía máxima por beneficiario:
2.500,00 €
Destinatarios:
Asociaciones sin ánimo de lucro con sede en municipios de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes en que se integren grupos deDanza Tradicional Castellana y que estén inscritas en el registro correspondiente.
Gastos subvencionables:
Los gastos relativos a funcionamiento y desarrollo de actividades que se realicen en 2024, incluidos los de transporte, manutención y protocolarios.
También serán subvencionables los siguientes gastos: servicios de dulzaineros, adquisición de bienes consumibles, alquiler de bienes, publicidad, hospedaje, seguros, formación.
Los gastos de personal y funcionamiento y mantenimiento de la asociación sólo previa acreditación de que son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la actividad, que correspondan al periodo en que efectivamente se realiza la actividad subvencionada, y hasta un máximo del 10% de la subvención concedida.
No serán subvencionables, además de los gastos excluidos según la LGS, los gastos de inversión.
También serán subvencionables los siguientes gastos: servicios de dulzaineros, adquisición de bienes consumibles, alquiler de bienes, publicidad, hospedaje, seguros, formación.
Los gastos de personal y funcionamiento y mantenimiento de la asociación sólo previa acreditación de que son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la actividad, que correspondan al periodo en que efectivamente se realiza la actividad subvencionada, y hasta un máximo del 10% de la subvención concedida.
No serán subvencionables, además de los gastos excluidos según la LGS, los gastos de inversión.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
12 de febrero de 2024
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 25 de marzo de 2024, incluido
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