Convocatoria de ayudas económicas para personas residentes en municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes destinadas a formación y/o conciliación de la vida familiar, personal y laboral, año 2022
Estado:
Resuelta
Nº de expediente:
292/22
Servicio:
Servicio de Familia e igualdad
CONVOCATORIA
Objeto o finalidad:
Ayudas económicas individuales destinadas a personas residentes en Municipios de la Provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes, al objeto de facilitar la conciliación de su vida familiar, personal y laboral y/o su formación académica o formación para el reciclaje y actualización profesional.
Beneficiarios:
Particulares
Importe presupuestado:
25.000 euros
Cuantía máxima por beneficiario:
1.500 euros
Destinatarios:
Las mujeres u hombres que cumplan los siguientes requisitos a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia: 1- Requisitos generales para todas las modalidades: • La persona solicitante deberá formar parte de una unidad familiar o de convivencia monomarental o monoparental, en cualquiera de los perfiles establecidos en la Base 1ª de esta convocatoria. Para determinar qué se entiende por unidad familiar o de convivencia y para computar los ingresos de esta, se aplicará lo previsto en las Bases 5ª y 6ª de la presente convocatoria. • La persona solicitante deberá estar empadronada desde, al menos, el 1 de enero de 2022 en algún municipio de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes. • Los ingresos anuales de la unidad familiar o de convivencia no podrán superar la cuantía equivalente a 3 veces el IPREM anual, por lo que, teniendo en cuenta que el IPREM de 2022 es de 8.106,28 euros, dicho umbral de renta para la unidad familiar será de 24.318,84 euros. 2- Requisitos específicos: • Hogares monoparentales encabezados por una mujer: - La unidad familiar o de convivencia debe estar encabezada por una mujer sin pareja, progenitora o en situación de acogimiento familiar. - La mujer debe tener a su cargo a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad, o adopción, que sean menores de edad, o mayores en situación de dependencia reconocida y/o en situación de desempleo. • Hogares monoparentales encabezados por un hombre: - La unidad familiar debe estar encabezada por un hombre sin pareja, progenitor o en situación de acogimiento familiar. - El hombre debe tener a su cargo a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad, o adopción, que sean menores de edad, o mayores en situación de dependencia reconocida y/o en situación de desempleo. • Madres jóvenes estudiantes: - No tener una edad superior a 30 años en el momento de la presentación de solicitud. - Ser madre o encontrarse en estado de gestación o acogimiento o tener a su cargo familiares de hasta segundo grado menores de edad, o familiares hasta segundo grado en situación de desempleo, o bien familiares hasta segundo grado en situación de dependencia reconocida. - Estar matrículada en un Centro Educativo Público o Concertado. - En el caso de que la solicitante madre joven estudiante viva en piso estudiantil o residencia durante el curso académico, se entenderá éste como domicilio habitual a los efectos previstos en esta convocatoria.
Gastos subvencionables:
Establecidos en la base séptima de la convocatoria
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
17 de marzo de 2022
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 18 de abril de 2022, incluido
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