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Convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y entidades locales menores para la eliminación de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad en edificios de titularidad municipal, año 2022.


Estado:
 
Resuelta
Nº de expediente:
 
2.839/22
Servicio:
 
Servicio de Acción Social

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
Subvenciones a Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid, para la eliminación de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad en edificios de titularidad municipal en los que se presten servicios de atención a la ciudadanía. Cualquier cambio en la actuación subvencionada deberá ser comunicado por escrito a la Diputación de Valladolid, con una antelación de al menos diez días a la fecha de realización. Si el cambio comunicado supusiera una modificación sustancial que no reúne las condiciones exigibles para considerarse un gasto subvencionable, será rechazado motivadamente, mediante resolución.
Beneficiarios:
 
EELL
Importe presupuestado:
 
275.000 euros
Cuantía máxima por beneficiario:
 
14.000 euros
Destinatarios:
 
Podrán solicitar esta subvención los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid para la eliminación de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad en edificios de titularidad municipal en los que se presten servicios de atención a la ciudadanía.
Gastos subvencionables:
 
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la convocatoria y se realicen en un plazo de diez meses contados desde que se produjera el pago del anticipo de la subvención. Solo se subvencionará una única actuación de eliminación de barreras y mejora de la accesibilidad en un edificio de titularidad municipal por Ayuntamiento o Entidad Local Menor solicitante. No obstante, en el caso de que una Entidad Local presentara en su solicitud más de una actuación, el Área de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades seleccionará para su valoración aquella que se considere preferente, de conformidad con los criterios que se recogen en la Base 12ª. Si ninguna de ellas pudiera considerarse preferente, se consultará al solicitante cuál de dichas actuaciones prefiere para ser valorada. No son subvencionables al estimarse que no guardan relación con las actuaciones subvencionables, los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, y los gastos notariales y registrales. Tampoco serán subvencionables los gastos de personal en las actuaciones ejecutadas por el personal propio de la Entidad Local. En ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales, y los gastos de procedimientos judiciales.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
12 de agosto de 2022
Plazo de presentación de solicitudes:
 
Hasta el 13 de septiembre de 2022, incluido
Extracto convocatoria:
 

FICHEROS DE DESCARGA

RESOLUCIÓN
Órgano:
 
Pleno
Tipo de resolución:
 
Única
Fecha de resolución:
 
25 de noviembre de 2022
Importe total concedido:
 
275.000 euros
Solicitudes recibidas:
 
51
Solicitudes estimadas:
 
33