Subvenciones a Asociaciones Culturales que sostengan o sean titulares de BANDAS DE MÚSICA para su funcionamiento, adquisición de instrumentos y uniformes, y desarrollo de actividades, año 2021
Estado:
Resuelta
Nº de expediente:
793/21
Servicio:
Servicio de Educación y Cultura
CONVOCATORIA
Objeto o finalidad:
Contribuir a su funcionamiento, a la adquisición de instrumentos y uniformes, y a la realización de actividades musicales y de formación musical.
Beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro
Importe presupuestado:
25.000,00 €
Cuantía máxima por beneficiario:
6.000,00 €
Destinatarios:
Las asociaciones culturales sin ánimo de lucro de la provincia de Valladolid, excepto las de Valladolid capital, que sostengan o sean titulares de bandas de música, siempre que la banda de música esté integrada, al menos, por 30 miembros, incluya instrumentos de viento-madera, de viento-metal y de percusión, y cuente, al menos, con 12 instrumentos de viento-madera. Se desestimarán, por no guardar relación con la finalidad de la presente convocatoria, las solicitudes presentadas por las asociaciones juveniles, las asociaciones de carácter social, las asociaciones turísticas, las asociaciones deportivas, las asociaciones de padres y madres de alumnos, las asociaciones de pensionistas y jubilados, las asociaciones de consumidores y usuarios, y las cofradías, así como las bandas de cornetas y tambores. Igualmente serán desestimadas aquellas solicitudes presentadas por escuelas de música que no sean titulares o sostengan una banda de música.
Actividades/proyectos subvencionables:
1. Serán subvencionables las siguientes actividades: Actividades de formación a realizar durante el año 2021. Actuaciones musicales a realizar durante el año 2021. 2. Serán exclusivamente subvencionables las siguientes inversiones: • Adquisiciones de instrumentos musicales y accesorios, y de uniformes, que se realicen en el año 2021.
Gastos subvencionables:
1. Se consideran gastos subvencionables las actividades e inversiones indicadas en la base anterior, así como los gastos de funcionamiento del año 2021. También serán subvencionables los gastos de transporte, manutención y atenciones protocolarias para la realización de actividades. 2. No podrá aplicarse la totalidad de la subvención a gastos de funcionamiento, no considerándose como tales los relativos al desarrollo de actividades, incluidas las actividades formativas.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
10 de mayo de 2021
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 22 de junio de 2021, incluido
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