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Convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, entidades locales menores y mancomunidades de la provincia de Valladolid para la adquisición de material deportivo inventariable y/o material inventariable para la dotación de centros de ocio juvenil, año 2022.


Estado:
 
Resuelta
Nº de expediente:
 
257/22
Servicio:
 
Servicio de Deportes y Juventud

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
Subvenciones a Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, Entidades Locales Menores, y Mancomunidades de la provincia de Valladolid para la adquisición de material deportivo inventariable con destino a instalaciones deportivas de titularidad municipal y/o material inventariable para la dotación de Centros de Ocio Juvenil de titularidad municipal.
Beneficiarios:
 
EELL
Importe presupuestado:
 
87.000 euros
Cuantía máxima por beneficiario:
 
5.000 euros
Destinatarios:
 
Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, las Entidades Locales Menores, y las Mancomunidades de la provincia de Valladolid para las adquisiciones de material deportivo inventariable y/o material inventariable para la dotación de Centros de ocio juvenil de titularidad municipal. Para la determinación de la población se tendrán en cuenta los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
Actividades/proyectos subvencionables:
 
1. Será subvencionable la adquisición de material deportivo inventariable, entendiendo por tal el bien mueble no fungible, es decir, aquel del que se puede hacer uso sin que se consuma por el uso normal para el que está destinado, utilizado para la práctica deportiva en instalaciones de titularidad municipal (por ejemplo: juegos de canastas de baloncesto, juegos de porterías, juegos de postes para soporte de redes de voleibol, tenis, bádminton…,aparatos de gimnasio, marcadores electrónicos y relojes de tiempo, piraguas y canoas, mesas de tenis de mesa, redes para porterías o canastas, banquillos de suplentes...). El material deportivo que se adquiera deberá estar homologado e instalarse respetando las correspondientes medidas de seguridad. 2. Asimismo, será subvencionable la adquisición de material inventariable destinado a la dotación de Centros de Ocio Juvenil de titularidad municipal. Además, podrá tenerse en consideración las solicitudes de otros materiales siempre y cuando sean adecuados al uso en un centro de ocio. A los efectos de esta convocatoria, tienen la consideración de Centros de Ocio Juvenil las instalaciones que, perteneciendo a las Corporaciones Locales de esta Provincia o a entidades de ellas dependientes, están destinadas principalmente a ofrecer a los jóvenes actividades juveniles de tiempo libre, centradas en aspectos lúdicos, recreativos o formativos que se realicen en el ámbito de la educación no reglada. Podrán solicitarse subvenciones tanto para la dotación de Centros de Ocio ya existentes como para Centros de Ocio no abiertos al público a la fecha de finalización de solicitudes, siempre que, en este último caso, esté prevista su apertura al público antes de la finalización del plazo de justificación establecido en la Base 20ª de esta convocatoria. En caso de que el Centro de Ocio no estuviera abierto en dicho plazo, se procederá a la exigencia del reintegro de la subvención, en los términos establecidos en la normativa de aplicación. 3. Cada entidad interesada presentará una sola solicitud en el plazo establecido en esta convocatoria, en la que se relacionará el o los materiales para los que solicita subvención.
Gastos subvencionables:
 
Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la convocatoria y se realicen dentro del ejercicio 2022 y antes de la fecha de justificación. La aportación de la Diputación sólo podrá ser aplicada a los gastos de adquisición del material objeto de la subvención. De conformidad con lo establecido en el art. 31 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior a 18.000 euros, el Ayuntamiento deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la entrega del bien. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse con la justificación de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en la memoria la elección, cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
17 de marzo de 2022
Plazo de presentación de solicitudes:
 
Hasta el 18 de abril de 2022, incluido
Extracto convocatoria:
 
Enlace BDNS:
 
Solicitud vía telemática:
 

FICHEROS DE DESCARGA
 
(190 kB.)
 
(41 kB.)
 
(39 kB.)
 
(39 kB.)
 
(39 kB.)

RESOLUCIÓN
Órgano:
 
Pleno
Tipo de resolución:
 
Única
Fecha de resolución:
 
29 de julio de 2022
Importe total concedido:
 
17366,54
Solicitudes recibidas:
 
123
Solicitudes estimadas:
 
123