Volver a la página índice

Subvenciones a ASOCIACIONES CULTURALES para su funcionamiento y desarrollo de actividades, año 2022


Estado:
 
Resuelta
Nº de expediente:
 
100/22
Servicio:
 
Servicio de Educación y Cultura

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
Subvenciones para Asociaciones Culturales con sede en municipios de la provincia de Valladolid con población inferior a 20.000 habitantes para financiar su funcionamiento y la realización de actividades.
Beneficiarios:
 
Entidades sin ánimo de lucro
Importe presupuestado:
 
50.000 €
Cuantía máxima por beneficiario:
 
2.500 €
Destinatarios:
 
Las asociaciones culturales sin ánimo de lucro con sede en municipios de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes cuyo fin estatutario principal sea la realización de actividades netamente culturales y que estén inscritas en el registro correspondiente con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria. * Se desestimarán, por no guardar relación con la finalidad de la presente convocatoria, las solicitudes presentadas por las asociaciones juveniles, las asociaciones de carácter social, las asociaciones turísticas, las asociaciones deportivas, las asociaciones de padres y madres de alumnos, las asociaciones de pensionistas y jubilados, las asociaciones de consumidores y usuarios, y las cofradías. * Se desestimarán, asimismo, por disponer de una línea propia de subvenciones gestionadas por el Servicio de Educación y Cultura de la Diputación de Valladolid, las solicitudes presentadas por asociaciones culturales que sostengan o sean titulares de grupos de danza tradicional castellana y por asociaciones culturales que sostengan o sean titulares de bandas de música.
Gastos subvencionables:
 
1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actividades subvencionadas y se realicen dentro del ejercicio 2022, incluidos los gastos de transporte, manutención y gastos protocolarios para la realización de actividades. No podrá aplicarse la totalidad de la subvención concedida a gastos de funcionamiento de la asociación, no considerándose como tales los relativos al desarrollo de actividades, incluidas las actividades de formación. 2. No serán subvencionables, además de los gastos excluidos según la LGS, los gastos de inversión. Se considerarán en todo caso como gastos de inversión los gastos realizados en la adquisición de bienes que tengan la condición de inmovilizado a efectos de Plan General de Contabilidad.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
14 de marzo de 2022
Plazo de presentación de solicitudes:
 
Hasta el 27 de abril de 2022, incluido
Extracto convocatoria:
 
Enlace BDNS:
 
Solicitud vía telemática:
 

FICHEROS DE DESCARGA

RESOLUCIÓN
Órgano:
 
Junta de Gobierno
Tipo de resolución:
 
Única
Fecha de resolución:
 
29 de julio de 2022
Importe total concedido:
 
49.970 €
Solicitudes recibidas:
 
117
Solicitudes estimadas:
 
117