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Convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes para el sostenimiento de escuelas infantiles de 0 a 3 años de titularidad municipal, año 2024.


Estado:
 
Resuelta
Nº de expediente:
 
1057/24
Servicio:
 
Servicio de Familia e igualdad

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
Subvenciones a Ayuntamientos titulares de Escuelas de Educación Infantil de 0 a 3 años, cuyos municipios sean menores de 20.000 habitantes ubicados en la provincia de Valladolid, para su sostenimiento, con el fin de colaborar económicamente en la prestación del servicio que dichos Centros prestan a las familias de la provincia. A efectos de la convocatoria se consideran Escuelas Infantiles, aquellos Centros Educativos que han sido creados jurídicamente mediante expediente instruido ante la Consejería de Educación como órgano competente en la materia, según lo establecido en el Decreto 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León y se establecen los requisitos que deben reunir los Centros que impartan dicho ciclo.
Beneficiarios:
 
EELL
Importe presupuestado:
 
215.000 euros
Destinatarios:
 
Ayuntamientos que reúnan los siguientes requisitos: 1º) Ser titulares de una Escuela de Educación Infantil de Primer ciclo (0 a 3 años), de conformidad con lo señalado en la Base 1ª, durante el curso 2023-2024. 2º) Que la Escuela se ubique en un municipio de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes según el Padrón de fecha 1 de enero de 2023.
Gastos subvencionables:
 
Gastos corrientes ocasionados con motivo del funcionamiento de las escuelas infantiles de 0 a 3 años de titularidad municipal, que se refieran al curso escolar 2023-2024, imputables a las siguientes actuaciones: - Gastos de personal. - Suministro eléctrico y energético. - Telefonía. - Reprografía. - Publicidad y difusión. - Material no fungible. - Limpieza y mantenimiento instalaciones. - Servicio de catering. - Servicios médicos. - Costes indirectos de gestión y administración que se correspondan al periodo en que efectivamente se realizaron las actividades subvencionadas y guarden una relación estricta con ella, con un máximo del 10% de la subvención concedida. No serán subvencionables los gastos de inversión y los referidos a atenciones protocolarias. No se consideran subvencionables, al estimarse que no guardan relación con la actividad subvencionada, los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales y los de administración.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
20 de mayo de 2024
Plazo de presentación de solicitudes:
 
Hasta el 17 de junio de 2024, incluido
Extracto convocatoria:
 
Enlace BDNS:
 

FICHEROS DE DESCARGA

RESOLUCIÓN
Órgano:
 
Pleno
Tipo de resolución:
 
Única
Fecha de resolución:
 
27 de septiembre de 2024
Importe total concedido:
 
214.997,89 €
Solicitudes recibidas:
 
16
Solicitudes estimadas:
 
16