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Convocatoria de subvenciones para implementar medidas del Plan Mujer en materia de conciliación y formación, año 2024


Estado:
 
Pendiente de resolución
Nº de expediente:
 
1.586/24
Servicio:
 
Oficina del Emprendedor

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
Se convocan para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvención:

• LINEA 1: para incentivar la implementación de planes de igualdad y adopción de medidas de conciliación. Incluye las siguientes modalidades:
o Modalidad A: Planes de igualdad. Elaboración e implantación de un Plan de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, promoción profesional, retribuciones, conciliación de la vida familiar, laboral y personal en la empresa, etc.
o Modalidad B: Sensibilización. Aplicación de medidas y acciones positivas dirigidas al personal de la entidad referidas a jornadas de formación, sensibilización e información en materia igualdad de oportunidades y no discriminación, acoso sexual y por razón de sexo, corresponsabilidad, conciliación, así como formación específica para mujeres/hombres respecto a puestos donde estén infrarrepresentados/as.
o Modalidad C: Conciliación. Contratación de persona, empresa o centro especializado para la atención de menor o discapacitado a cargo del autónomo.

• LÍNEA 2: para la realización de cursos de formación online y facilitar el acceso al mercado de trabajo o el perfeccionamiento profesional.
Estas subvenciones pretenden minimizar la brecha de género y proporcionar oportunidades de promoción a las mujeres del medio rural de la provincia de Valladolid, integrándose dentro del “II PLAN DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA PARA LA MUJER RURAL”, en consonancia con los objetivos de desarrollo sostenible y Agenda 2030, en el marco de las políticas de desarrollo local.
Beneficiarios:
 
Particulares
Importe presupuestado:
 
60.000 euros
Cuantía máxima por beneficiario:
 
LINEA 1 – PLANES DE IGUALDAD, SENSIBILIZACIÓN Y CONCILIACIÓN: • Modalidad A: máximo 500 euros. • Modalidad B: máximo 500 euros. • Modalidad C: máximo 500 euros. En la solitud (que debe ser única) se deberá indicar la modalidad o modalidades a las que se opta. LINEA 2 – FORMACIÓN ONLINE El importe subvencionable a cada solicitante será del 80% del coste del curso, con un máximo total de: • 750 euros para un curso, o 1.000 euros para dos cursos. • 1.000 euros para un curso, o 1.250 euros para dos cursos si se trata de mujeres desempleadas y/o con discapacidad igual o superior al 33%.
Destinatarios:
 
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:

LINEA 1 – PLANES DE IGUALDAD, SENSIBILIZACIÓN Y CONCILIACIÓN
Modalidades A y B:
• Empresas y entidades sin ánimo de lucro con menos de 50 trabajadores, siempre que la sede/centro productivo o de trabajo se ubique en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
• Autónomos con trabajadores a cargo, siempre que la sede/centro productivo o de trabajo se ubique en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
Modalidad C:
• Autónomos, siempre que la sede/centro productivo o de trabajo se ubique en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.

LINEA 2 – FORMACIÓN ON LINE MUJERES
Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
1) Ser mujer y estar empadronada en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
2) Estar desempleada, ser trabajadora autónoma o trabajadora por cuenta ajena.
No podrán ser beneficiarias las trabajadoras de la Administración o entidades dependientes con contrato fijo o indefinido, sea la relación funcionarial, estatutaria o laboral.
3) Haber realizado o pretender realizar uno o dos cursos de formación on line impartidos por centro especializado, cuya duración total no exceda de 1 año, orientado/s al acceso al mercado de trabajo o al perfeccionamiento profesional.
Será imprescindible que el curso en cuestión se inicie entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024, y que su realización se acredite mediante título o certificado sellado emitido por el centro donde se impartan los estudios, donde conste el curso realizado y el número de horas cursadas.
En todo caso, la no obtención del título o certificado acreditativo conllevará la obligación de reintegrar la cantidad percibida.
El curso en cuestión debe ser online, aunque se admite que tenga hasta un 25% de parte presencial.
Actividades/proyectos subvencionables:
 
LINEA 1 – PLANES DE IGUALDAD, SENSIBILIZACIÓN Y CONCILIACIÓN
Gastos subvencionables:
Modalidad A: gastos de elaboración del Plan de Igualdad. Será necesario que los gastos imputables se realicen por empresa externa especializada, no permitiéndose imputar gastos de personal propio.
Se admitirán también como gastos subvencionables el estudio de diagnóstico previo de situación de la entidad.
Modalidad B: gastos por la realización de jornadas de formación, sensibilización e información. Será necesario que los gastos imputables se realicen por empresa externa especializada, no permitiéndose imputar gastos de personal propio.
Modalidad C: gastos derivados de la contratación, por motivos laborales, de una persona, empresa o centro especializado para el cuidado directo o traslado de la persona a cargo del autónomo (con un máximo de 15 euros/hora). Deberá justificarse la imposibilidad de cuidado por motivos laborales, tanto por parte del solicitante como de su cónyuge o pareja de hecho.
Se entenderá por persona a cargo del autónomo los menores de 14 años y las personas con discapacidad igual o superior al 33% sujetos a patria potestad o tutela.
Quedan excluidos los gastos de educación obligatoria, los de madrugadores y comedor escolar. También quedan excluidos los gastos de empleo doméstico (salvo imputación para cuidado o traslado del menor o dependiente fuera de la jornada educativa o por motivos de enfermedad), clases particulares y actividades extraescolares.
Periodo subvencionable: se admitirán gastos y pagos realizados desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

LINEA 2 – FORMACIÓN ONLINE DESTINADA A MUJERES
Gastos subvencionables: la realización de cursos online o mixtos, siempre que en este último caso la parte presencial no supere el 25%.
El curso no podrá tener duración superior a 1 año. Podrán pedirse hasta dos cursos por solicitante, cuya duración acumulada no supere el año.
No es subvencionable la obtención del carné de conducir.
Periodo subvencionable: se admitirán gastos y pagos efectuados a partir del 1 de septiembre de 2023 hasta la finalización del curso y, en todo caso, hasta el 31 de agosto de 2025 (se incluyen, por lo tanto, los periodos formativos 2023-2024 y 2024-2025).
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
8 de noviembre de 2024
Plazo de presentación de solicitudes:
 
Hasta el 23 de noviembre de 2024, incluido
Extracto convocatoria:
 
Enlace BDNS:
 
Solicitud vía telemática:
 

FICHEROS DE DESCARGA
 
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