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Convocatoria de subvenciones Para el plan de retorno de jóvenes, año 2023


Estado:
 
Resuelta
Nº de expediente:
 
4.460/22
Servicio:
 
Servicio de Deportes y Juventud

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
Subvenciones dirigidas a jóvenes nacidos en la provincia de Valladolid para la promoción de medidas que incentiven su retorno, y su posterior permanencia.
Beneficiarios:
 
Particulares
Importe presupuestado:
 
15.000 EUROS
Cuantía máxima por beneficiario:
 
2.500 EUROS
Destinatarios:
 
Personas físicas que cumplan las siguientes condiciones a la fecha de presentación de la solicitud: A) Deberán pertenecer a uno de los siguientes colectivos: 1.- Investigadores procedentes de proyectos de investigación universitarios. 2.- Autónomos que retornan o nuevos emprendedores retornados a alguno de los municipios de la provincia de Valladolid que se dan de alta como autónomos. 3.- Trabajadores por cuenta ajena que retornan a alguno de los municipios de la provincia de Valladolid al obtener un contrato de trabajo en empresas de la provincia. B) Además, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Haber nacido entre los años 1987 y 2005 ambos inclusive. b) Haber nacido en algún municipio de la provincia de Valladolid que actualmente tenga menos de 20.000 habitantes o haber estado empadronado, de forma continua o no, durante al menos un año en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes con carácter previo al 1 de enero de 2023. c) Haber retornado a la provincia de Valladolid después del día 1 de octubre de 2022 desde el extranjero o desde una provincia española no perteneciente a la provincia de Valladolid o pretender retornar, como máximo hasta la fecha de concesión de la ayuda. d) Haber residido en el extranjero o fuera de la provincia durante, al menos, los seis meses anteriores al retorno. e) Estar o haber estado en el extranjero o fuera de la provincia ejerciendo una actividad profesional, laboral o investigadora. En el caso de autónomos, se entenderá que se ha desarrollado una actividad profesional cuando durante los seis meses anteriores al retorno se haya estado trabajando durante, al menos, un mes como autónomo. En el caso de trabajadores por cuenta ajena, se entenderá que se ha desarrollado una actividad laboral cuando durante los seis meses anteriores al retorno se haya estado trabajando por cuenta ajena durante, al menos, un mes y, como mínimo, a media jornada. No se incluyen en esta línea de subvenciones las personas que se han trasladado al extranjero temporalmente para completar sus estudios o aprender idiomas. f) Estar empadronado en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes a fecha de presentación de solicitud o, en su caso, asumir el compromiso de empadronarse si resulta beneficiario de la subvención. g) A fecha de presentación de solicitud, encontrarse en una de estas tres situaciones: • Estar dado de alta como autónomo o trabajar por cuenta ajena, y tener el domicilio social o centro productivo en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes. • Pretender darse de alta como autónomo o trabajar por cuenta ajena si resulta beneficiario de la subvención, siempre que el domicilio social o centro productivo previsto se ubique en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, como máximo el 30 de junio de 2023. Sólo se admitirá la solicitud, en este caso, si no se ha retornado de forma efectiva a fecha de presentación de solicitud. En una u otra situación, y tratándose de trabajadores por cuenta ajena, será necesario, además, que el contrato este concertado o se pretenda concertar, al menos, a media jornada y durante seis meses. • Haber iniciado o iniciar un proyecto de investigación antes del 30 de junio de 2023 que concluya antes del 31 de diciembre de 2023.
Gastos subvencionables:
 
• Se consideran gastos subvencionables los gastos de desplazamiento y mudanza del solicitante o de su unidad familiar. A estos efectos, se entiende por unidad familiar la formada por el solicitante y su cónyuge, siempre que no estuviera separado legalmente, o miembro de unión de hecho inscrita, y los descendientes miembros de la misma que convivan con el solicitante. Respecto a los gastos de desplazamiento, se considerarán como tales los gastos generados por el retorno desde la localidad de origen en el extranjero o fuera de nuestra provincia, hasta el municipio de Valladolid donde se haya empadronado o pretenda empadronarse. El desplazamiento podrá verificarse por transporte público (avión, tren, barco, autobús, etc.) o vehículo particular, o cualquier combinación de los anteriores. En el caso de desplazamiento con vehículo particular se abonará 0,19 euros/kilómetro, siempre que se acredite documentalmente la realización del gasto. También se abonarán los peajes que se justifiquen y estén directamente relacionados con el viaje de retorno. En cuanto a los gastos de mudanza, se considerarán como tales los gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres, se realicen a través de una empresa especializada (incluidos los gastos de paquetería), o personalmente (alquiler de furgoneta). • Además, se consideran gastos subvencionables en el caso de los investigadores, los gastos de materiales, pruebas, ensayos y desplazamientos relativos al proyecto de investigación. • En el caso de autónomos o emprendedores que se den de alta, según se trate, son subvencionables, además: - Los gastos derivados del alquiler del local. - Los gastos de seguridad social. En el caso de emprendedores, podrán presentar como gastos aquellos previos al alta y dentro del período subvencionable: - Los gastos de asesoría de planes de negocio - Los gastos de formación en emprendimiento • En el caso de trabajadores por cuenta ajena, son también subvencionables: - La diferencia retributiva de la nómina actual con la nómina del contrato precedente, durante el período subvencionable, siempre que esta sea inferior a la anterior. El período subvencionable será el comprendido entre el 1 de enero de 2023 y 31 de diciembre de 2023. Sexta. - Compatibilidad. Las subvenciones que se concedan con ocasión de la presente convocatoria son compatibles con cualquier tipo de ayuda que reciban las personas beneficiarias, incluidas las obtenidas del Área de Empleo, Desarrollo Económico, Turismo y Participación de la Diputación de Valladolid, siempre y cuando no respondan a los mismos conceptos de gasto. Sin perjuicio de la declaración que sobre esta materia deben presentar los solicitantes, éstos quedan obligados a comunicar a la Diputación de Valladolid la obtención de otras subvenciones que financien la ayuda subvencionada tan pronto como se conozca. En ningún caso, el importe de las subvenciones concedidas (incluida la de la Diputación de Valladolid) podrá ser superior al coste de los gastos subvencionados. Si de los datos aportados por los beneficiarios con posterioridad a la resolución de la convocatoria, o por aquellos que conozca la Institución Provincial en el ejercicio de sus funciones de inspección y control, se constata que el importe de las subvenciones excede del coste de la ayuda subvencionada, se minorará a prorrata la aportación de la Diputación.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
17 de enero de 2023
Plazo de presentación de solicitudes:
 
Hasta el 5 de mayo de 2023, incluido
Extracto convocatoria:
 
Enlace BDNS:
 

FICHEROS DE DESCARGA
 
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(50 kB.)
 
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RESOLUCIÓN
Órgano:
 
Junta de Gobierno
Tipo de resolución:
 
Única
Fecha de resolución:
 
26 de mayo de 2023
Importe total concedido:
 
4.148,59
Solicitudes recibidas:
 
6
Solicitudes estimadas:
 
2