Convocatoria de subvenciones a ONGD para la financiación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, años 2024 y 2025
Estado:
Pendiente de resolución
Nº de expediente:
696/25
Servicio:
Servicio de Acción Social
CONVOCATORIA
Objeto o finalidad:
Se convocan, para los ejercicios de 2024 y 2025, en régimen de concurrencia competitiva subvenciones dirigidas a ONGD para financiar actuaciones de Cooperación Internacional para el Desarrollo, considerando como tales las realizadas en países receptores de ayuda oficial al desarrollo, relativas a cooperación, ayuda humanitaria y emergencia humanitaria. Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), en el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones (RGS), y por el resto de normativa vigente que le resulte de aplicación. La presente convocatoria se efectúa de conformidad con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid, aprobada por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de febrero de 2006, y publicada en el BOP nº 54, de fecha 6 de marzo de 2006 y está enmarcada dentro del Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Valladolid, año 2024, que se incluye como anexo al presupuesto general (D.A. Primera BEP 2024) aprobado por el Pleno inicialmente en la sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2023 y elevado a definitivo en el BOP nº 2023/244 de 22 de diciembre de 2023 y cuyo objetivo es financiar actuaciones de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro
Importe presupuestado:
Establecido en la clausula quinta de la convocatoria
Cuantía máxima por beneficiario:
Establecido en la clausula quinta y novena de la convocatoria
Destinatarios:
ONGD solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos: a. Ser entidad privada sin ánimo de lucro de las inscritas como ONGD en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, tal y como dispone el art. 5.1 del Decreto 46/2008, de 26 de junio, de la Consejería de Interior y Justicia de la Junta de Castilla y León. La resolución de inscripción en dicho registro deberá ser de fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria. b. Disponer de sede o delegación permanente y presencia activa en el ámbito territorial de la Provincia de Valladolid antes de la publicación de la presente convocatoria que se acreditará con la memoria de actividades de acuerdo con la base décimo sexta. Se entenderá como delegación aquella que cuente con personal contratado o voluntario y local adecuado donde realizar sus actividades. En la modalidad C de Emergencia no se exigirá el cumplimiento de este requisito a los Comités o entidades colaboradoras que ejerzan representación de Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas en España. c. Acreditar experiencia y capacidad operativa en el ámbito de la cooperación en los últimos 2 años respecto a esta convocatoria a través de informes-memoria de gestión. d. No estar incursa en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 LGS. e. Disponer de un socio o contraparte local en el país donde se vaya a desarrollar el proyecto. Se admitirá que la contraparte pueda ser un Organismo Internacional de los pertenecientes al sistema de Naciones Unidas, siempre y cuando se atienda a lo dispuesto para estos casos en las bases décimo cuarta (gastos subvencionables), trigésima (transferencia de fondos) y trigésima sexta, apartado primero (justificación) de la presente convocatoria. f. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones contraídas con la Diputación Provincial de Valladolid en el caso de haber recibido ayudas y subvenciones con anterioridad. Las ONGD solicitantes tendrán la condición de Entidades Colaboradoras, y las contrapartes o socios locales en los países de destino de los fondos tendrán la consideración de Entidades Beneficiarias.
Actividades/proyectos subvencionables:
Los proyectos presentados deberán adscribirse a una de estas modalidades: A. COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, alineada con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los ODS, aprobada por Naciones Unidas en septiembre de 2015, bajo los siguientes principios y objetivos: • Desarrollo Humano, concentrado en las áreas básicas de educación, atención a la salud, servicios sociales, igualdad, renta, hábitat, etc., y cuyo objetivo sean los sectores más vulnerables de la población de los países más desfavorecidos. • Defensa de los Derechos Humanos en aquellas situaciones y países en que son conculcados en cualquiera de sus vertientes social, política o económica. • Enfoque endógeno del desarrollo económico y social, con una perspectiva local apoyando acciones que impulsen y afiancen modos de producción sostenibles, al tiempo que se consigue el empoderamiento de la ciudadanía a través de su participación activa. • Alineamiento con las estrategias tendentes a conseguir los vigentes Objetivos de Desarrollo Sostenible aprobados por Naciones Unidas. • Enfoque de género y protagonismo de las mujeres como responsables, partícipes y beneficiarias de los procesos de transformación social y crecimiento sostenible. • Sostenibilidad medioambiental respetando la biodiversidad y la conservación y uso sostenible de los recursos naturales. B. AYUDA HUMANITARIA, entendiendo por tal “el conjunto diverso de intervenciones de ayuda a las víctimas de desastres, tanto los desencadenados por desastres naturales como por conflictos armados, orientadas a aliviar su sufrimiento y garantizar su subsistencia, proteger sus derechos fundamentales y defender su dignidad, así como a frenar el proceso de desestructuración económica de las comunidades a las que pertenecen y prevenir los desastres”. La ayuda humanitaria se desplegará especialmente en aquellos casos en que la situación sea crónica en el tiempo o para los casos de reconstrucción tras una catástrofe. C. EMERGENCIA, entendiendo por tal la situación producida por catástrofe natural, conflicto bélico, así como por cualquier otra circunstancia excepcional sobrevenida con especial repercusión negativa en la población vulnerable de los países más desfavorecidos y que requiera de una actuación asistencial urgente para la supervivencia inmediata. Las modalidades B: Ayuda Humanitaria y C: Emergencia incluyen la atención a refugiados, personas desplazadas, víctimas de guerras, conflictos armados o situaciones de violencia, dando prioridad especial a los proyectos relacionados con la atención humanitaria a las personas refugiadas en países limítrofes con el conflicto.
Gastos subvencionables:
Establecido en la base decimo cuarta de la convocatoria
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
20 de mayo de 2024
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 20 de junio de 2024, incluido
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