Convocatoria de subvenciones para la constitución y puesta en funcionamiento Asociaciones de Empresarios y Comerciantes y para el desarrollo de actividades de promoción y formativas, año 2024.
Estado:
Pendiente de resolución
Nº de expediente:
133/24
Servicio:
Oficina del Emprendedor
CONVOCATORIA
Objeto o finalidad:
Fomentar la constitución de nuevas asociaciones de empresarios y comerciantes, y apoyar a las asociaciones de empresarios y comerciantes ya constituidas para la promoción de los productos de las asociados y actividades formativas.
- LÍNEA 1: constitución y funcionamiento de nuevas asociaciones de empresarios y comerciantes.
- LÍNEA 2: actividades de promoción y formación para asociaciones de empresarios y comerciantes ya constituidas.
Beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro
Importe presupuestado:
40.000 €
Cuantía máxima por beneficiario:
La cuantía por beneficiario incluye una cantidad fija de 2.500 euros, salvo que los fondos no sean suficientes, en cuyo caso se repartirán proporcionalmente entre todos los solicitantes que cumplan los requisitos para ser beneficiarios.
Si con la cantidad fija de 2.500 euros sobrasen fondos, éstos se repartirán en proporción al número de socios de las asociaciones que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiario, aunque siempre con un límite máximo por beneficiario de 5.000 euros.
Destinatarios:
- LÍNEA 1: Nuevas asociaciones constituidas por autónomos y empresas con centro productivo en municipios de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes. Las nuevas asociaciones deben haberse constituido en 2024 y estar inscritas a fecha de presentación de solicitud en el Registro de la Junta de Castilla y León en el epígrafe de empresarios o comerciantes.
Para obtener la condición de beneficiario será imprescindible que su domicilio social se ubique en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes. Además, en los Estatutos debe figurar expresamente la condición de asociación de empresarios y/o comerciantes. - LÍNEA 2: Asociaciones inscritas en el Registro de la Junta de Castilla y León en el de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
Para obtener la condición de beneficiario será imprescindible que en los Estatutos figure expresamente la condición de asociación de empresarios y/o comerciantes.
Gastos subvencionables:
- LÍNEA 1: Los gastos de constitución (estatutos, gestoría y otros que pudieran considerarse como tales) y puesta en funcionamiento (alquiler de local, gastos de local, de personal, y otros que pudieran considerarse como tales).
- LÍNEA 2: Los gastos de publicidad y, en general, cualquier gasto relacionado con el desarrollo de actividades de promoción o formativas, incluidos los gastos de gestión para la consecución de estos fines. Los gastos de gestión no podrán superar el 10% del importe de la subvención.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
16 de mayo de 2024
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 30 de septiembre de 2024, incluido
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