Convocatoria de subvenciones para el plan de retorno de jóvenes, año 2024
Estado:
Resuelta
Nº de expediente:
663/24
Servicio:
Servicio de Deportes y Juventud
CONVOCATORIA
Objeto o finalidad:
Subvenciones dirigidas a jóvenes nacidos en la provincia de Valladolid para la promoción de medidas que incentiven su retorno, y su posterior permanencia.
Beneficiarios:
Particulares
Importe presupuestado:
15.000 euros
Cuantía máxima por beneficiario:
2.500 euros
Destinatarios:
Personas físicas que cumplan los siguientes requisitos, a fecha de presentación de la solicitud: A) Deberán pertenecer a uno de los siguientes colectivos: 1. Investigadores procedentes de proyectos de investigación universitarios. 2. Autónomos que retornan o nuevos emprendedores retornados a alguno de los municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes que se dan de alta como autónomos. 3. Trabajadores por cuenta ajena que retornan a alguno de los municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes al obtener un contrato de trabajo en empresas de la provincia. B) Haber nacido entre los años 1988 y 2006, ambos inclusive. C) Haber nacido en algún municipio de la provincia de Valladolid que actualmente tenga menos de 20.000 habitantes, o haber estado empadronado, de forma continua o no, durante al menos un año en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes con carácter previo al 1 de enero de 2024. D) Haber retornado a la provincia de Valladolid después del día 1 de enero de 2023 desde el extranjero o desde una provincia española no perteneciente a la provincia de Valladolid o pretender retornar, como máximo hasta la fecha de concesión de la ayuda. E) Haber residido en el extranjero o fuera de la provincia de Valladolid durante, al menos, los seis meses anteriores al retorno. F) Estar o haber estado en el extranjero o fuera de la provincia de Valladolid ejerciendo una actividad profesional, laboral o investigadora. En el caso de autónomos, se entenderá que se ha desarrollado una actividad profesional cuando durante los seis meses anteriores al retorno se haya estado trabajando durante, al menos, un mes como autónomo. En el caso de trabajadores por cuenta ajena, se entenderá que se ha desarrollado una actividad laboral cuando durante los seis meses anteriores al retorno se haya estado trabajando por cuenta ajena durante, al menos, un mes y, como mínimo, a media jornada. No se incluyen en esta línea de subvenciones las personas que se han trasladado al extranjero temporalmente para completar sus estudios o aprender idiomas. G) Estar empadronado en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes a fecha de presentación de la solicitud o, en su caso, asumir el compromiso de empadronarse si resulta beneficiario de la subvención. Para la determinación de la población de los municipios se tendrán en cuenta los últimos datos publicados por el INE. H) A fecha de presentación de la solicitud, encontrarse en una de estas situaciones: Estar dado de alta como autónomo y tener el domicilio social o centro productivo en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, o pretender darse de alta como autónomo si resulta beneficiario de la subvención, siempre que el domicilio social o centro productivo previsto se ubique en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, como máximo el 28 de junio de 2024. Sólo se admitirá la solicitud, en este caso, si no se ha retornado de forma efectiva a fecha de presentación de solicitud. Trabajadores por cuenta ajena, cuyo contrato de trabajo, concertado o que se pretenda concertar, sea al menos de media jornada y de una duración no inferior a seis meses, siempre y cuando establezca su residencia en un municipio de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes, a fecha 30 de junio de 2024 como máximo. Haber iniciado o iniciar un proyecto de investigación antes del 30 de junio de 2024 que concluya antes del 31 de diciembre de 2024. Sólo se admitirá una solicitud por persona y/o unidad familiar.
Gastos subvencionables:
Gastos directamente relacionados con la presente convocatoria de subvenciones, que se realicen entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, imputables a alguna de las siguientes actuaciones: • Gastos de desplazamiento y mudanza del solicitante o de su unidad familiar. A estos efectos, se entiende por unidad familiar la formada por el solicitante y su cónyuge, siempre que no estuviera separado legalmente, o miembro de unión de hecho inscrita, y los descendientes miembros de la misma que convivan con el solicitante. Respecto a los gastos de desplazamiento, se considerarán como tales los gastos generados por el retorno desde la localidad de origen en el extranjero o fuera de nuestra provincia, hasta el municipio de Valladolid donde se haya empadronado o pretenda empadronarse. El desplazamiento deberá haberse realizado mediante transporte colectivo (avión, tren, barco, autobús, taxi, etc.), no en vehículo propio. En cuanto a los gastos de mudanza, se considerarán como tales los gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres que se realicen a través de una empresa especializada (incluidos los gastos de paquetería) o personalmente mediante el alquiler de una furgoneta. • Además, se consideran gastos subvencionables en el caso de los investigadores, los ocasionados con motivo de la adquisición de materiales, realización de pruebas y ensayos, así como desplazamientos en transporte colectivo directamente relacionados con el proyecto de investigación. • En el caso de trabajadores autónomos o emprendedores que se den de alta, según se trate, serán subvencionables, además los gastos derivados del alquiler del local, y el abono de las cuotas de la seguridad social. • En el caso de emprendedores, se podrán presentar como gastos subvencionables aquellos previos al alta y dentro del período subvencionable que se refieran a gastos de asesoría de planes de negocio, y formación en emprendimiento. • En el caso de trabajadores por cuenta ajena, será también subvencionable la diferencia retributiva de la nómina actual con la nómina del contrato precedente, durante el período subvencionable, siempre que esta sea inferior a la anterior.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
12 de abril de 2024
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 28 de junio de 2024, incluido
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