Subvenciones a Asociaciones Culturales que sostengan o sean titulares de BANDAS DE MÚSICA para su funcionamiento, adquisición de instrumentos y uniformes, y desarrollo de actividades, año 2024
Estado:
Resuelta
Nº de expediente:
106/24
Servicio:
Servicio de Educación y Cultura
CONVOCATORIA
Objeto o finalidad:
Contribuir a su funcionamiento, a la adquisición de instrumentos y uniformes, y a la realización de actividades musicales y de formación musical.
Beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro
Importe presupuestado:
25.000,00 €
Cuantía máxima por beneficiario:
6.000,00 €
Destinatarios:
Las asociaciones culturales sin ánimo de lucro de la provincia de Valladolid, excepto las de Valladolid capital, que sostengan o sean titulares de bandas de música, siempre que la banda de música esté integrada, al menos, por 30 miembros, incluya instrumentos de viento-madera, de viento-metal y de percusión, y cuente, al menos, con 12 instrumentos de viento-madera.
Se desestimarán, por no guardar relación con la finalidad de la presente convocatoria, las solicitudes presentadas por las asociaciones juveniles, las asociaciones de carácter social, las asociaciones turísticas, las asociaciones deportivas, las asociaciones de padres y madres de alumnos, las asociaciones de pensionistas y jubilados, las asociaciones de consumidores y usuarios, y las cofradías, así como las bandas de cornetas y tambores.
Igualmente serán desestimadas aquellas solicitudes presentadas por escuelas de música que no sean titulares o sostengan una banda de música.
Se desestimarán, por no guardar relación con la finalidad de la presente convocatoria, las solicitudes presentadas por las asociaciones juveniles, las asociaciones de carácter social, las asociaciones turísticas, las asociaciones deportivas, las asociaciones de padres y madres de alumnos, las asociaciones de pensionistas y jubilados, las asociaciones de consumidores y usuarios, y las cofradías, así como las bandas de cornetas y tambores.
Igualmente serán desestimadas aquellas solicitudes presentadas por escuelas de música que no sean titulares o sostengan una banda de música.
Actividades/proyectos subvencionables:
1. Serán subvencionables las siguientes actividades:
- Actividades de formación a realizar durante el año 2024.
- Actuaciones musicales a realizar durante el año 2024.
2. Serán exclusivamente subvencionables las siguientes inversiones:
• Adquisiciones de instrumentos musicales y accesorios, y de uniformes, que se realicen en el año 2024.
3. Para contribuir a la promoción y difusión de la música en nuestra provincia, las entidades beneficiarias podrán colaborar de forma voluntaria con la Diputación mediante la realización de hasta 4 actuaciones en los municipios de la provincia, dentro de los 12 meses siguientes a la concesión de la subvención. Las actuaciones serán gratuitas, sin perjuicio de que corresponda a los municipios destinatarios asumir los gastos de organización y transporte.
Corresponderá a los servicios técnicos de la Diputación la organización y coordinación de este programa de actuaciones, dándose preferencia, en todo caso, a las solicitudes que en este sentido formulen los Ayuntamientos, y no pudiéndose incluir más de dos actuaciones en la Semana Santa de Valladolid.
- Actividades de formación a realizar durante el año 2024.
- Actuaciones musicales a realizar durante el año 2024.
2. Serán exclusivamente subvencionables las siguientes inversiones:
• Adquisiciones de instrumentos musicales y accesorios, y de uniformes, que se realicen en el año 2024.
3. Para contribuir a la promoción y difusión de la música en nuestra provincia, las entidades beneficiarias podrán colaborar de forma voluntaria con la Diputación mediante la realización de hasta 4 actuaciones en los municipios de la provincia, dentro de los 12 meses siguientes a la concesión de la subvención. Las actuaciones serán gratuitas, sin perjuicio de que corresponda a los municipios destinatarios asumir los gastos de organización y transporte.
Corresponderá a los servicios técnicos de la Diputación la organización y coordinación de este programa de actuaciones, dándose preferencia, en todo caso, a las solicitudes que en este sentido formulen los Ayuntamientos, y no pudiéndose incluir más de dos actuaciones en la Semana Santa de Valladolid.
Gastos subvencionables:
1. Se consideran gastos subvencionables las actividades e inversiones indicadas en la base quinta de las bases, así como los gastos de funcionamiento del año 2024.
También serán subvencionables los gastos de transporte, manutención y atenciones protocolarias para la realización de actividades.
2. No podrá aplicarse la totalidad de la subvención a gastos de funcionamiento, no considerándose como tales los relativos al desarrollo de actividades, incluidas las actividades formativas.
También serán subvencionables los gastos de transporte, manutención y atenciones protocolarias para la realización de actividades.
2. No podrá aplicarse la totalidad de la subvención a gastos de funcionamiento, no considerándose como tales los relativos al desarrollo de actividades, incluidas las actividades formativas.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
12 de febrero de 2024
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 25 de marzo de 2024, incluido
FICHEROS DE DESCARGA