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Subvenciones para la financiación de proyectos de buenas prácticas en educación para el desarrollo en el ámbito rural, convocadas en el marco del proyecto financiado por la Comisión Europea denominado “Rural Dear Agenda"


Estado:
 
Resuelta
Nº de expediente:
 
1.275/16
Servicio:
 
Servicio de Acción Social

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Entidades Locales, ONGDs, Centros Educativos y Asociaciones sin ánimo de lucro para financiar propuestas novedosas y/o exitosas de actuaciones en materia de Educación para el Desarrollo, dirigidas a la población del medio rural, relativas tanto a la educación formal como a la no formal, destinadas a población joven o adulta, siempre y cuando cumplan con el concepto y los criterios que caracterizan la Educación para el Desarrollo expuestos en la presente convocatoria.
Beneficiarios:
 
EELL
Importe presupuestado:
 
26.000 €
Cuantía máxima por beneficiario:
 
La cantidad máxima a aportar para cada proyecto en cada modalidad será de 6.500 €.
Destinatarios:
 
A. Entidades Locales.- Entendiendo como tales los ayuntamientos de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Valladolid.
B. ONGDS.- Entidades privadas sin ánimo de lucro que se encuentren inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, tal y como dispone el art. 5.1 del Decreto 46/2008, de 26 de junio, de la Consejería de Interior y Justicia de la Junta de Castilla y León. La resolución de inscripción en dicho registro deberá ser de fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria.
C. Centros Educativos.- Centros públicos de Educación Primaria, Secundaria o de Adultos ubicados en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Valladolid.
D. Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas cuyo domicilio se encuentre radicado en municipios de la provincia de Valladolid menores de 20.000 habitantes.
Gastos subvencionables:
 
A) Gastos directos: Aquellos ocasionados con motivo de la ejecución del proyecto subvencionado y que sean directamente necesarios para la ejecución de las actividades del mismo. Podrán referirse a la adquisición de pequeños suministros no inventariables, contratación de Servicios necesarios para la ejecución del proyecto, gastos de transporte de los beneficiarios, gastos de publicidad y difusión del proyecto y gastos de personal contratado específicamente para la ejecución del proyecto.
B) Gastos Indirectos: Son aquellos gastos que no están directamente relacionados con la ejecución de la actividad del programa, pero que se consideran necesarios para su gestión y administración. Así se incluirán gastos de gestión y mantenimiento de sedes, servicios, suministros, sueldos de personal no adscrito directamente al proyecto. Solo se admitirán un 5% del importe de la subvención como gastos indirectos, que no requerirán una justificación adicional.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
6 de junio de 2016
Extracto convocatoria:
 
Enlace BDNS:
 

FICHEROS DE DESCARGA

RESOLUCIÓN
Órgano:
 
Presidente
Tipo de resolución:
 
Única
Importe total concedido:
 
19.500 euros
Solicitudes recibidas:
 
22
Solicitudes estimadas:
 
8