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Convocatoria y bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid para la organización conjunta de FESTIVALES DE HUMOR EN VIVO de pequeño y mediano formato, 2021


Estado:
 
Resuelta
Servicio:
 
Servicio de Educación y Cultura

CONVOCATORIA

 

Objeto o finalidad:
 
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Ayuntamientos de la provincia de Valladolid con población inferior a 20.000 que organicen de forma conjunta Festivales de Humor en vivo, de pequeño y mediano formato. Los festivales de pequeño y mediano formato, deberán ser organizados y realizados de forma conjunta por un mínimo de dos ayuntamientos de la provincia de Valladolid (que cumplan el requisito de población), entendiendo por organización conjunta la unión de los espectáculos propuestos por varios ayuntamientos para ser integrados en un festival.
Beneficiarios:
 
EELL
Importe presupuestado:
 
20.000,00 euros
Cuantía máxima por beneficiario:
 
la establecida de aplicar la fórmula contenida en la Base Tercera de las reguladoras de la convocatoria. En ningún caso excederá del coste total del espectáculo/espectáculos subvencionados.
Destinatarios:
 
Ayuntamientos de la provincia de Valladolid con población inferior a 20.000 habitantes.
Actividades/proyectos subvencionables:
 
a. Será subvencionables los espectáculos o actuaciones a representar en vivo que se integren dentro un Festival de Humor de pequeño y mediano formato, organizado de forma conjunta por un mínimo de dos ayuntamientos de la provincia de Valladolid (que cumplan el requisito de población), entendiendo por organización conjunta la unión de los espectáculos propuestos por varios ayuntamientos para ser integrados en un mismo festival y que cuenten con un programa conjunto que deberá publicitarse por los municipios integrantes del Festival. b. Los espectáculos/ actuaciones que conformen los festivales deberán pertenecer a las siguientes disciplinas escénicas, debiendo ser representadas con presencia de público y siempre con una relación directa con el humor: -Monólogos -Clowning -Improvisación teatral -Espectáculo musical -Chirigotas -Comedia en vivo (Stand-up Comedy) -Conciertos
Gastos subvencionables:
 
Aquellos que resulten estrictamente relacionados con la organización, ejecución y promoción de los espectáculos o actuaciones subvencionadas siempre que se realicen y abonen, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2021. A los efectos de la obtención de subvención y/o de su justificación se consideran gastos subvencionables: a) Los derivados de la contratación de los espectáculos (incluida la contratación directa de los intérpretes, o de sus representantes artísticos. b) Los derivados de servicios de sonorización, iluminación, montaje de escenarios, o equipamiento.
Fecha de publicación del extracto en el BOP:
 
29 de julio de 2021
Plazo de presentación de solicitudes:
 
Hasta el 13 de septiembre de 2021, incluido
Enlace BDNS:
 
Solicitud vía telemática:
 

FICHEROS DE DESCARGA

RESOLUCIÓN
Órgano:
 
Pleno
Tipo de resolución:
 
Única
Fecha de resolución:
 
26 de noviembre de 2021
Importe total concedido:
 
19.988 €
Solicitudes recibidas:
 
31
Solicitudes estimadas:
 
22